iconowhatsapp
SOLICITAR PRESUPUESTO
solicitar presupuesto
SOLICITAR
PRESUPUESTO

BONIFICACIONES PARA ENERGÍA SOLAR EN SAN VICENTE DEL RASPEIG

bonificaciones ayuntamiento de san vicente del raspeig
AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE DEL RASPEIG

Actualmente San Vicente del Raspeig cuenta con bonificaciones fiscales para quienes instalen energía solar en el IBI, en el ICIO y en el IRPF.

A continuación les dejamos todos los detalles de cada una de ellas.

Bonificación fiscal del IBI (Impuesto sobre bienes e inmuebles)

El Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig bonifica con un 40% de la cuota íntegra del impuesto durante los 4 años siguientes a la instalación de su equipo solar.

Ésta bonificación es tanto para el aprovechamiento térmico como para autoconsumo eléctrico, siempre y cuando provenga del sol.

Dicha bonificación será concedida siempre y cuando la instalación solar haya sido voluntaria y no responda a obligaciones derivadas de la normativa vigente.

De igual forma los colectores de la instalación deberán estar correspondientemente homologados por la Administración competente.

Requisitos para la instalación solar

Así mismo, no podrán acceder a la bonificación aquellos inmuebles que estén fuera de ordenación urbana, o situadas en zonas no legalizadas.

¿Qué documentación necesito presentar?

  • Factura de compra y justificante de pago.
  • Certificado de garantía firmado y sellado por el fabricante.
  • Fotografía de las placas así como su instalación.
  • Otros documentos técnicos necesarios, si fueran necesarios.

A su vez, informar que ésta bonificación es totalmente compatible con la bonificación para viviendas de protección oficial y la concedida por familia numerosa.

Bonificación fiscal del ICIO (Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras):

El ICIO es un impuesto indirecto por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística.

Asimismo, San Vicente del Raspeig tiene una bonificación del 95% del impuesto en instalaciones u obras que incorporen energía solar térmica o eléctrica.

Por ello la bonificación se aplicará exclusivamente sobre la parte del presupuesto de las obras que corresponda a las instalaciones del sistema de aprovechamiento térmico y eléctrico de la energía solar.

Deducciones fiscales en el IRPF

Actualmente hay dos tipos de deducciones fiscales en el IRPF en la Comunidad Valenciana, por un lado tenemos el tramo autonómico y por otro el tramo estatal (que es para toda España). Ambas deducciones son compatibles entre sí. A continuación os explicamos cada una de ellas.

Bonificación tramo autonómico:

En la Comunidad Valenciana podrán deducirse un 40% del presupuesto con IVA con un máximo de 8.800 euros. Antes de 2023 tenían que solicitar en la sede del IVACE el reconocimiento previo a la administración pero actualmente ese trámite ya no es necesario. Desde 2023 en su próxima declaración de la renta deberá aportar los datos que le soliciten para poder deducírsela.

Además, si cualquiera de éstas instalaciones se realiza en su segunda residencia, la deducción será del 20%.

Bonificación tramo estatal:

Deducción del 40% del presupuesto con IVA de la instalación térmica o fotovoltaica hasta un máximo de 7.500 euros.

Requisitos:

  • Las instalación tiene que reducir al menos el 30% del consumo de energía primaria no renovable o mejorar la calificación energética de la vivienda a clase “A” o “B”.
  • Para poder obtener esta deducción debe realizar un estudio de eficiencia energética antes y después de instalar el equipo solar, donde se muestren que ha mejorado la eficiencia energética de la vivienda.

No puede haber mas de dos años de diferencia entre ambos estudios. La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras.

¿Qué documentación necesito presentar en mi próxima declaración de la renta?

  • Los dos estudios de eficiencia energética de la vivienda.
  • El CIF de la empresa instaladora del equipo solar.
  • Factura de compra del equipo solar.

Al aportar esos datos la plataforma de la renta le deducirá automáticamente el importe, en base a sus retenciones.

En Trisolar realizamos todos los trámites administrativos que podamos gestionar como empresa e informamos y asesoramos al cliente de todo lo necesario para solicitar las ayudas.

Realizamos el pago de tasas correspondientes, para que nuestros clientes sólo se preocupen de empezar a ahorrar en agua caliente y/o en electricidad.

Si está interesado en instalar energía solar no dude en ponerse en contacto con nosotros en el 968 68 70 35 o a través de nuestro formulario web.


Más información sobre IBI

Más información sobre ICIO

Resolución del 2 de Enero de 2019

Resolución del 20 de Enero de 2021



Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *