BONIFICACIONES PARA ENERGÍA SOLAR EN ALHAMA DE MURCIA
En éste momento el Ayuntamiento de Alhama de Murcia tiene dos bonificaciones para quienes instalen energía solar en su vivienda: en el IBI, ICIO y en el IRPF.
A continuación les dejamos los procedimientos a seguir para poder solicitarlas.
Bonificación fiscal del IBI (Impuesto sobre bienes e inmuebles)
El municipio de Alhama de Murcia bonifica con un 50% de la cuota íntegra del impuesto (con un máximo de 200€ anuales) en los próximos 3 años siguientes a la instalación del equipo fotovoltaico o térmico, siempre y cuando, la instalación no tenga carácter obligatorio.
Ésta bonificación tendrá carácter rogado.
La solicitud deberá realizarse andes del 1 de marco del año siguiente a aquel en el que finalice la instalación.
Esta bonificación solo se concederá a aquellas instalaciones que se hayan ejecutado a
partir del 1 de enero de 2022.
La concesión de la presente bonificación quedará condicionada al cumplimiento de los
siguientes requisitos:
- Que los colectores incluidos en las instalaciones para producción de calor dispongan de la correspondiente homologación emitida por la Administración competente.
- Que se acredite el cumplimiento de los requisitos técnicos necesarios para el desarrollo de la instalación mediante la aportación de proyecto técnico o memoria técnica, certificado de montaje, certificado de instalación debidamente diligenciado por el organismo autorizado de la Comunidad Autónoma de Murcia, en su caso, así como licencia municipal u otro acto de control urbanístico que ampare la realización de las obras.
- Que la instalación de estos sistemas de aprovechamiento de la energía solar no resulte obligatoria, para el solicitante o el inmueble por el que se solicita, a tenor de la normativa específica en la materia.
- Que el inmueble o construcción sobre el que se realice la instalación de los sistemas de aprovechamiento se encuentre dentro de ordenación y cuente, en su caso, con la licencia municipal u otro acto de control urbanístico que lo ampare.
Esta bonificación es compatible con el resto de bonificaciones de este impuesto. Transcurridos seis meses desde la presentación de la solicitud, el interesado podrá tener la misma por desestimada por silencio administrativo a los efectos que correspondan.”
INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS:
Los bienes inmuebles en los que se hayan instalado, por vez primera, puntos de recarga para vehículos eléctricos para autoconsumo tendrán derecho a una bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto, con un máximo de 200,00 € anuales durante 3 años.
Ésta bonificación tendrá carácter rogado.
La solicitud deberá realizarse andes del 1 de marco del año siguiente a aquel en el que finalice la instalación.
Esta bonificación solo se concederá a aquellas instalaciones que se hayan ejecutado a
partir del 1 de enero de 2022.
La concesión de la presente bonificación quedará condicionada al cumplimiento de los
siguientes requisitos:
- Que las instalaciones dispongan de la correspondiente homologación emitida por la Administración competente.
- Que el inmueble o construcción sobre el que se realice la instalación de los sistemas de aprovechamiento se encuentre dentro de ordenación y cuente, en su caso, con la licencia municipal u otro acto de control urbanístico que lo ampare.
Para más información consultar el siguiente enlace: Información IBI o al número 968 63 00 00.
Bonificación fiscal del ICIO (Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras):
El ICIO es un impuesto indirecto por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística. Obligatorio para poder solicitar después la bonificación del IBI.
Alhama de Murcia tiene una bonificación del 90% de dicho impuesto, en obras en las que se incorporan sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar fotovoltaica para autoconsumo.
Los interesados presentarán, de forma documentada, las solicitudes de dichas bonificaciones y la justificación de que concurren dichas circunstancias.
No procederá la aplicación de bonificación alguna si el sujeto pasivo iniciara las obras, instalaciones o construcciones con anterioridad a la obtención de la correspondiente licencia municipal, si se incoara con motivo de dichas obras expediente de infracción urbanística o si dichas obras se realizaran con motivo de
un expediente de inspección o infracción urbanística.
Para más información consultar el siguiente enlace: Información o al número 968 63 00 00.
Deducciones fiscales en el IRPF
Actualmente hay dos tipos de deducciones fiscales en el IRPF en la Región de Murcia, por un lado tenemos el tramo autonómico y por otro el tramo estatal (que es para toda España). Ambas deducciones son compatibles entre sí. A continuación os explicamos cada una de ellas.
Bonificación tramo autonómico:
En la Región de Murcia podrán deducirse un 10% del presupuesto con IVA de su instalación solar térmica o fotovoltaica con un máximo de 1000 euros anuales.
Requisitos
– La instalación de los recursos energéticos renovables debe realizarse en viviendas que constituyan o vayan a constituir la residencia habitual del contribuyente o en las que se destinen al arrendamiento.
– La aplicación de la deducción requerirá el reconocimiento previo de la Administración regional sobre su procedencia. Este procedimiento tiene que hacerlo antes del que acabe el año encurso en el que se realiza la instalación solar (este procedimiento ya no es necesario a partir de 2024)
– La aplicación de la deducción requerirá que el importe comprobado del patrimonio del contribuyente, al finalizar el período de la imposición, exceda del valor que arrojase su comprobación al inicio del mismo, al menos en la cuantía de las inversiones realizadas, de acuerdo con los requisitosestablecidos con carácter general por la normativa estatal reguladora del IRPF.
Bonificación tramo estatal (Deducciones fiscales IRPF para impulsar la rehabilitación de viviedas – Fondos Next Generation):
Deducción del 40% del presupuesto con IVA de la instalación térmica o fotovoltaica hasta un máximo de 7.500 euros.
Requisitos:
– Las instalación tiene que reducir al menos el 30% del consumo de energía primaria no renovable o mejorar la calificación energética de la vivienda a clase “A” o “B”.
– Para poder obtener esta deducción debe realizar un estudio de eficiencia energética antes y después de instalar el equipo solar, donde se muestren que ha mejorado la eficiencia energética de la vivienda.
No puede haber mas de dos años de diferencia entre ambos estudios. La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras.
¿Qué documentación necesito presentar en mi próxima declaración de la renta?
– Los dos estudios de eficiencia energética de la vivienda.
– El CIF de la empresa instaladora del equipo solar.
– Factura de compra del equipo solar.
Al aportar esos datos la plataforma de la renta le deducirá automáticamente el importe, en base a sus retenciones.
Os dejamos el teléfono de la agencia tributaria estatal para cualquier duda: 915548770.
TRISOLAR: Empresa instaladora de energía solar.
En Trisolar realizamos todos los trámites administrativos (licencias, bonificaciones, registro en industria, subvenciones…) y asesoramos al cliente para instalar el equipo solar que mejor se adapte a sus consumos y necesidades.
Si está interesado en instalar energía solar no dude en ponerse en contacto con nosotros en el 968 68 70 35 o a través de nuestro formulario web.
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