Bonificaciones para energía solar en Molina de Segura.

La transición hacia un modelo energético más sostenible es una prioridad en muchas ciudades de España, y Molina de Segura no es la excepción. Con el objetivo de fomentar el autoconsumo y la eficiencia energética, el municipio ofrece diversas bonificaciones y deducciones fiscales para quienes decidan instalar placas solares térmicas o fotovoltaicas en sus viviendas.
A continuación, se detallan las principales bonificaciones disponibles:
Bonificación fiscal del IBI (Impuesto sobre bienes e inmuebles)
El Ayuntamiento de Molina de Segura bonifica con un 20% de la cuota íntegra del impuesto a las viviendas que hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico. Y un 40% para quienes instales sistemas fotovoltaicos. En aquéllos casos en los que se instalen ambos sistemas la bonificación máxima aplicable será del 40%.
Condiciones a cumplir del equipo solar fotovoltaico y térmico:
- En los sistemas de aprovechamiento térmico de la energía solar, la instalación deberá disponer de una superficie mínima de captación solar útil de 4 m2 de superficie construida.
- En los sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía solar, la instalación deberá disponer de una potencia instalada mínima de 2 kw.
Requisitos a cumplir:
- La instalación de estos sistemas de aprovechamiento de la energía solar no debe ser obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.
- En todo caso será necesario que tales instalaciones incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
- El interesado no deberá figurar con débitos pendientes en ejecutiva por ningún concepto en la Administración Municipal.
- Las instalaciones deberán disponer de la correspondiente licencia u otro título habilitante para su realización (declaración responsable debidamente presentada y conformada por el Ayuntamiento).
Documentación a presentar:
- Copia de la licencia otorgada por el Ayuntamiento o justificante de la presentación de la correspondiente declaración responsable que ampare la realización de la obra o instalación. No se concederá la bonificación si la instalación no dispone de título habilitante de conformidad.
- Justificación de haber diligenciado tales instalaciones ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Dichas bonificaciones tendrán carácter rogado, debiendo solicitarse, como máximo, antes de la finalización del periodo impositivo (31 de diciembre) siguiente a aquel en el que se haya realizado la instalación.
La bonificación, una vez concedida, surtirá efectos desde el periodo impositivo siguiente a aquel
en que se hubiera solicitado, con un máximo de 3 periodos impositivos consecutivos.
Estas bonificaciones son compatibles con el resto de bonificaciones (familia numerosa, protección oficial…)
Para más información consultar el siguiente enlace: Información IBI Molina de Segura.
Bonificación fiscal del ICIO (Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras):
El ICIO es un impuesto indirecto por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística. Obligatorio para poder solicitar después la bonificación del IBI.
El municipio de Molina de Segura cuenta con una bonificación del 50% de dicho impuesto, en obras en las que se incorporan sistemas de aprovechamiento térmico y fotovoltaico.
La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que se acredite que los colectores o captadores disponen de la correspondiente homologación de la Administración competente.
No se concederá esta bonificación cuando la implantación de estos sistemas sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.
Documentación a presentar:
- Solicitud normalizada de bonificación del Impuesto sobre Construcciones, instalaciones y obras por instalación de sistemas de aprovechamiento de energía solar.
- Copia de la licencia urbanística o declaración responsable.
- Presupuesto desglosado de la instalación.
- Justificante de registro en Industria de la instalación.
La solicitud de bonificación deberá presentarse en el plazo máximo de 6 meses desde que la instalación
haya sido presentada para su diligenciación ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Para más información consultar el siguiente enlace: Información ICIO Molina de Segura.
Deducciónes en el IRPF:
Las deducciones en el IRPF, tanto autonómicas como estatales, pueden variar con el tiempo. Por ello, te recomendamos consultar nuestro artículo sobre subvenciones y ayudas para placas solares, donde encontrarás información actualizada. Te sugerimos revisar regularmente nuestro blog para mantenerte al día.
TRISOLAR: Empresa instaladora de energía solar.
En Trisolar realizamos todos los trámites administrativos (licencias, bonificaciones, registro en industria, subvenciones…) y asesoramos al cliente para instalar el equipo solar que mejor se adapte a sus consumos y necesidades.
Si está interesado en instalar energía solar no dude en ponerse en contacto con nosotros en el 968 68 70 35 o a través de nuestro formulario web.
Si no es de Molina de Segura y quiere saber si su municipio cuenta con alguna bonificación puede consultar su municipio aqui.
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